Perfil de ingreso y graduación
Perfil de ingreso
El Máster cuenta con los siguientes perfiles de ingreso:
- Miembros de fuerzas y cuerpos de seguridad y profesionales de la seguridad pública de nivel directivo de América Latina, Europa, y Magreb.
- Mandos de la Guardia Civil y profesionales de otros colectivos relacionados con la seguridad (Jueces, Fiscales, Fuerzas Armadas, diplomáticos, directivos de seguridad corporativa, etc.)
De acuerdo al artículo 18.1 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad; El requisito general de acceso al Máster, para alumnos españoles, es el de poseer un título universitario oficial de Graduada o Graduado español o equivalente es condición para acceder a un Máster Universitario, o en su caso disponer de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.
También se indica que se tendrá en cuenta lo previsto en la Disposición Adicional Primera del citado Real Decreto en cuanto a la eficacia de los títulos universitarios oficiales correspondientes a la ordenación previa al EEES y, concretamente:
- Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la actual ordenación de las enseñanzas universitarias implementadas bajo los principios del Espacio Europeo de Educación Superior mantendrán todos sus efectos académicos y, en su caso, profesionales.
- Las personas que posean un título oficial español de Licenciado/a, Arquitecto/a o Ingeniero/a y deseen acceder a enseñanzas oficiales de Grado, podrán conseguir el reconocimiento de créditos que proceda en términos académicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del presente real decreto. De igual modo, ese título les permitirá acceder a enseñanzas de Máster Universitario. En este caso, si procediera podrían reconocerse créditos con relación a los conocimientos, competencias y habilidades aprendidas en los títulos precedentes y su adecuación con el plan de estudios del Máster Universitario correspondiente al que se pretenda acceder.
- Las personas que posean un título oficial de Diplomado/a, Arquitecto/a Técnico/a o Ingeniero/a Técnico/a, y deseen acceder a enseñanzas oficiales de Grado, podrán conseguir el reconocimiento de créditos que proceda en términos académicos según lo establecido en el artículo 10 del presente real decreto. De igual modo, ese título les permitirá acceder a enseñanzas de Máster Universitario, pudiendo la universidad en el ejercicio de su autonomía exigir complementos formativos si fueren necesarios académicamente. Además, si procediera y de forma excepcional y motivada podrían reconocerse créditos con relación a los conocimientos, competencias y habilidades aprendidas en los títulos precedentes y su adecuación con el plan de estudios del Máster Universitario correspondiente al que se quiere acceder.
Para los alumnos extranjeros, tal y como establece el artículo 18.2 del Real Decreto 822/2021, podrán acceder a un Máster Universitario del sistema universitario español personas en posesión de títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
Los alumnos ajenos al EEES deben aportar los siguientes documentos:
- Copia compulsada del Título o de la certificación acreditativa de su expedición
- Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados por el solicitante para la obtención del título, en la que se especifique la duración en cursos académicos de los estudios superados y la relación de materias que integran estos estudios donde conste la calificación obtenida.
- Copia compulsada del certificado expedido por la Institución del país que emite los documentos, o del organismo competente, o declaración jurada del solicitante, en el que se exponga que la titulación presentada faculta para el acceso a los estudios de máster universitario o titulación profesional equivalente en aquel país.
Perfil de graduación
Se considera que las competencias adquiridas en el Máster en Alta Dirección en Seguridad Internacional pueden contribuir en los siguientes ámbitos de actuación.
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- Funciones de mando y control a nivel directivo en Instituciones y corporaciones en aspectos relacionados con la seguridad a nivel nacional e internacional
- Funciones de asesoramiento a nivel político, estratégico y operacional en las temáticas abordadas durante los estudios de postgrado.
- Funciones de dirección, gestión y asesoramiento de nivel directivo en organizaciones y agencias internacionales relacionadas con la seguridad (ONU, UE, OEA, etc.).
- Funciones de dirección y asesoramiento en proyectos internacionales relacionados con la seguridad.
Competencias que otorga el Máster en Alta Dirección en Seguridad Internacional
CB6 - Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación
CB7 - Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio
CB8 - Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios
CB9 - Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades
CB10 - Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.