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En España el 95% del volumen total de tráfico de mercancías se realiza mediante el transporte por carretera. Desde 2013 se ha observado un incremento constante en el volumen de mercancías por carretera, en ese año se registró un movimiento de 192.594 millones de toneladas por kilómetro, alcanzando en 2019 la cifra de 249.555 millones de toneladas por kilómetro, que supone un incremento porcentual de casi un 23%. Según datos del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), España cuenta con una flota de transporte público de mercancías de 380.392 vehículos de los cuales un 70% (267.617 vehículos) son vehículos pesados.
El Reglamento (UE) 2020/1054 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2020, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 561/2006 en lo que respecta a los requisitos mínimos sobre los tiempos de conducción máximos diarios y semanales, las pausas mínimas y los períodos de descanso diarios y semanales y el Reglamento (UE) nº 165/2014 en lo que respecta al posicionamiento mediante tacógrafos, afirma explícitamente que a fin de crear un sector del transporte por carretera seguro, eficiente y socialmente responsable que garantice la no discriminación y atraiga a trabajadores cualificados, es de vital importancia que haya condiciones de trabajo adecuadas para los conductores y condiciones comerciales justas para las empresas de transporte por carretera. Este objetivo, que en principio afecta principalmente en nuestro país al MITMA, según este Reglamento UE para fomentar la seguridad vial, es importante animar a las empresas de transporte a que adopten una cultura de seguridad que se aplique a todos los niveles. En particular, para evitar infracciones de las normas de conducción y descanso, o que se ponga en peligro la seguridad vial, no debe permitirse vincular la retribución basada en el rendimiento al tiempo necesario para el transporte de viajeros a su destino o para la entrega de mercancías.
Esta información bosqueja una idea de la relevancia que, tanto para la economía como para la seguridad vial, representa para nuestro país esta actividad de transporte por carretera. De ahí la importancia que tiene llevar a cabo la vigilancia, inspección y control de la circulación de vehículos de transporte la manera más eficaz y eficiente posible sin merma de la necesaria fluidez del tráfico de mercancías por carretera pero con unos niveles de seguridad vial óptimos.
Adquirir y ampliar los conocimientos y mejorar las competencias en la inspección del transporte por carretera, para desarrollar sus funciones de forma avanzada, especializada y multidisciplinar siendo capaces de aplicarlas en todas las posibles circunstancias que se puedan presentar durante la inspección y control de los transportes por carretera tanto en el plano de la normativa nacional, como internacional, con la aplicación del método científico en la elaboración, como peritos judiciales, de las diligencias e informes necesarios para la determinación de las responsabilidades penales y/o administrativas derivadas de la manipulación del tacógrafo u otros aparatos de control, determinar el inadecuado aseguramiento de las cargas y especializar su actuación en los accidentes e incidentes en el transporte de determinadas mercancías peligrosas.
El curso está dirigido principalmente a personal destinado en la Agrupación de Tráfico en posesión de la cualificación específica TRD-B para suboficiales y TRM para cabos y guardias, que estén encuadrados en Unidades donde ejerzan funciones específicas de inspección y control del transporte por carretera; y a personal de otras fuerzas y cuerpos de seguridad, así como a funcionarios de las Administraciones Públicas con funciones de inspección del transporte por carretera.
Como objetivos complementarios del curso se contemplan los siguientes:
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